La reforma del Código Penal sobre maltrato animal cumple un año con perspectivas enfrentadas

La reforma del Código Penal sobre maltrato animal cumplió este jueves un año en vigor con un balance de “claroscuros” en el impacto sobre la protección animal; mientras el Gobierno aplaude el aumento de las penas frente al maltratador, varias asociaciones de juristas, sin embargo, tildan la norma de retroceso.

Dicha reforma ha modificado la ley orgánica de 1995 del Código Penal sobre maltrato animal con la incorporación a este delito de nuevas agravantes para la imposición de penas más graves en casos que merecen mayor reproche para mejorar la protección animal. La nueva norma fue aprobada en el Congreso de los Diputados el año pasado a instancias del Ministerio de Justicia, y el 29 de marzo de 2023 se publicó en el Boletín Oficial del Estado.

En la ley se han incorporado aspectos como la posibilidad de adopción de medidas cautelares por parte de jueces y tribunales, incluyendo el cambio sobre la titularidad y cuidado animal para salvaguardar el bien jurídico protegido en estos delitos, a saber, la vida, la integridad y la salud de los animales.

A nivel parlamentario dicha reforma del Código Penal sobre maltrato animal se tramitó en paralelo a otra polémica iniciativa: el proyecto de ley para la Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales, una norma de la que se excluyeron los perros de caza y cuya vigencia arrancó tras el verano, aunque a la espera aún de desarrollos reglamentarios, por ejemplo, del curso de tenencia de perros y el seguro de responsabilidad civil.

Aspectos negativos

Varias de las organizaciones de juristas expertas en protección animal han manifestado su preocupación por los cambios en el ordenamiento jurídico.

Desde INTERcids, una de las principales organizaciones de juristas en España para la protección animal, formada por jueces, magistrados, fiscales, procuradores, agentes de las fuerzas y cuerpos de seguridad y otros profesionales dentro del sistema de operadores jurídicos expertos en protección animal, se ha denunciado “el retroceso” que supone la reforma.

“De los diversos fallos de la ley el principal es que se admite abuso sexual de animales”; el nuevo texto del Código Penal no penaliza dicha práctica mientras el animal no resulte lesionado, lamenta la abogada.

Por ello, “si alguien viola a una vaca, a una yegua u otro animal, hembra o macho, sin que puedan acreditarse daños, algo que suele ser muy difícil de probar en estos actos abusivos, no habrá delito”, advierte.

Por el contrario, desde el Ministerio de Derechos Sociales niegan en lo referente a la zoofilia, que esa práctica se haya despenalizado.

Para INTERcids “otro punto negro” de la reforma del Código Penal es no haberse aprovechado la oportunidad para castigar los delitos contra la vida, la salud, el bienestar de los animales con penas de prisión y multa a la vez cuando fuera necesario.

Se trata de todo “un retroceso”, según la jurista; “están quedando impunes maltratadores de animales que anteriormente a la reforma habrían sido condenados; muchos de los casos abiertos están siendo archivados”, denuncia la experta.

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